Hoy terminamos nuestra serie de publicaciones informativas sobre el Régimen de Incorporación Fiscal, y no queremos perder
la oportunidad de hablar del error más grave, pero sobre todo, común, que debemos evitar a como de lugar al trabajar con clientes del Régimen de Incorporación
Fiscal. Sin más preámbulos, te lo digo como es, a la
fuerza, ni los zapatos entran.
En efecto, tal como lo establece con total certeza el dicho popular, no deberías intentar meter a la fuerza al RIF a un contribuyente que no cumple con los requisitos. Hacerlo, implica problemas a la larga.
Y es que, la tentación es enorme, a veces, por quedar bien con el cliente o incluso por presión de ellos mismos, buscamos a como dé lugar disfrazar cosas u omitirlas, para que, mientras el sistema del SAT nos deje hacer la actualización de obligaciones y meterlo al Régimen
de Incorporación Fiscal (con los descuentos, beneficios y facilidades que implica) sin cumplir con todos los requisitos
que marca la ley.
Pero ojo, el sistema es informático, no es ley, es decir, no crea derechos ni establece obligaciones, aun dejándote hacer el
trámite, si la autoridad detecta que no es el régimen
correcto para el contribuyente, puede procesar una actualización retrospectiva y solicitarte recalcules los impuestos en el régimen que realmente le corresponda al contribuyente,
con las diferencias, recargos, actualizaciones y en el peor de los escenarios, hasta multas.
Y en ese momento, tu cliente no dirá… que buen@ mi contador o contadora, corrió el riesgo por
mí, nos la jugamos juntos. ¡Nada de eso! Si no todo lo contrario, señalará que lo hizo porque tu se lo
recomendaste, y créeme, es verdad, así pasa, a mi me sucedió hace mucho, al iniciar el despacho, por fortuna no fue nada grave, pero aprendí la lección desde entonces, sin embargo, me toca
escuchar historias similares constantemente en los cursos.
Nada de eso suma a tener una relación sana con nuestros clientes, por el contrario, es probable que tras un problema de esa
naturaleza, termine por cambiar de contador o contadora. Nadie quiere una mancha de esas en nuestro record
profesional.
Ese error tiene la solución más fácil de todas: La
prevención. Clasificar correctamente a nuestro clientes de RIF, además de ser un acto de responsabilidad profesional, es, sobre todo, una manera práctica y segura de realmente ofrecerles un servicio de calidad, que no le crea problemas para el futuro y que realmente le aporta soluciones duraderas, confiables e infalibles.
Yo te enseño como en nuestro curso de RIF -
Taller Integral, comienza mañana, y
todavía nos quedan algunos lugares, incluido uno para ti Alfredo ,
así que date prisa, para inscribirte cuanto antes.
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